Oficina del Canciller
Papel de la oficina
El Canciller actúa como notario jefe y secretario de la curia diocesana (c. 482-485).
Él o ella es el principal encargado de los registros de la diócesis y es responsable de mantener la seguridad, integridad y confidencialidad de los documentos, incluido el mantenimiento de los archivos diocesanos de conformidad con el Derecho Canónico (c.486 – 491).
Los actos del Obispo y del Vicario General, que por su naturaleza están destinados a tener un efecto jurídico, deben, como requisito de validez, estar firmados por el Canciller o un notario (c 483).
El Canciller tiene deberes adicionales a discreción del obispo.
Formularios estadísticos de parroquias y misiones
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